Proyecto de Ley, “Por la cual se promueve el desarrollo tecnológico en materia de seguridad y vigilancia privada, se mejora el bienestar de los perros usados en estas actividades, y se dictan otras disposiciones”.
El Proyecto de Ley tiene por objeto promover el desarrollo y la transición tecnológica en el campo de la seguridad y vigilancia privada, mejorar las condiciones de bienestar de los perros utilizados en estas actividades y reducir progresivamente su estado en especialidades no esenciales.
La Ley aplicará exclusivamente al uso de perros en actividades de vigilancia y seguridad privadas, incluyendo la etapa de entrenamiento de los animales.
El Proyecto de Ley establece que para la prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada con perros, las empresas y quienes contraten sus servicios con medio canino deberán cumplir, como mínimo, entre otras las siguientes condiciones:
- La edad del perro utilizado debe ser de mínimo doce (12) meses y máximo siete (7) años.
- Las empresas de vigilancia y seguridad privada deberán esterilizar a todas las hembras caninas a partir de los 6 meses y hasta los 11 meses de edad, para garantizar su completa recuperación antes de iniciar su uso en las actividades.
- Las empresas de vigilancia y seguridad privada deberán garantizarles a los animales alimentos de calidad (gama media y alta).
Consulte este Proyecto de Resolución en el siguiente enlace: Proyecto de Ley – Mejora del bienestar de los perros usados en actividades de seguridad y vigilancia privada