El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – MADS expidió la Resolución 859 del 5 de agosto de 2022, “Por la cual se establece el listado de cambios menores o ajustes normales en los proyectos de presas, represas, trasvases o embalses y en proyectos de sector de energía eléctrica, que cuenten con licencia ambiental o su equivalente”.
La Resolución tiene por objeto señalar los casos en los que no se requerirá adelantar el trámite de modificación de la licencia ambiental o su equivalente, para aquellas obras o actividades consideradas cambios menores o su equivalente, para aquellas obras o actividades consideradas cambio menores o de ajuste normal dentro del giro ordinario de los proyectos de presas, represas, transvases y embalses, así como de proyectos del sector de energía eléctrica que cuente con licencia ambiental o su equivalente.
Además la Resolución establece que el titular de una licencia ambiental o su equivalente podrá ejecutar las actividades, siempre y cuando la ejecución de las obras y/o actividades no impliquen ninguno de los casos previstos en el artículo 2.2.2.3.7.1 del Decreto 1076 de 2015, o la norma que la modifique, adicione o sustituya. Igualmente, se deberán cumplir las siguientes condiciones:
- No impliquen impactos ambientales adicionales ni de mayor significancia a los inicialmente identificados.
- Que cumpla con lo establecido en la zonificación de manejo ambiental y/o las restricción sociales o ambientales establecidas en la normatividad vigente.
- No implique variaciones en los permisos ambientales otorgados ni permisos ambientales adicionales.
- Que las medidas de manejo ambiental establecidas en el instrumento de manejo y control ambiental sean aplicables y suficientes para la ejecución de la nueva actividad.
- La actividad no se encuentra sobre un área destinada para compensación o inversión forzada de no menos del 1%, para proyectos u otras actividades que contemplen este tipo de obligación.
Consulte esta Resolución en el siguiente enlace: Resolución 859 de 2022