El Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC, tiene a su cargo la dirección, producción y actualización de la cartografía del país, por eso mediante la Resolución 197 de 2022, se modificaron las especificaciones técnicas mínimas que deben tener los productos de la cartografía básica oficial de Colombia. Dichas especificaciones son de obligatorio cumplimiento para todo aquel que produzca cartografía: entidades públicas, entidades territoriales, municipios, gobernaciones, gestores catastrales y todos los demás actores descritos en la Resolución 1421 de 2021.
Los cuatro puntos importantes de la Resolución 197 de 2022:
- Se incorporó un nuevo producto a escala 1:50.000, que permite obtener cartografía a un mejor nivel de detalle en aquellos territorios en donde predominan los bosques naturales.
- Según las características del terreno, se delimitaron los puntos de referencia requeridos para la verificación de los materiales cartográficos. Con ello garantizamos mayor calidad y precisión.
- Se puede hacer uso de las fuentes de información externas disponibles para la generación de cartografía; por ejemplo, el Banco Nacional de Imágenes y el Sistema de Información Geográfica para la Planeación y el Ordenamiento Territorial – SIGOT, entre otros.
- Existe la posibilidad de utilizar insumos capturados en un periodo inferior o igual a tres años; o productos con información más antigua, únicamente en los casos donde se evidencie de manera recurrente la dificultad en el acceso a la zona o donde se presente ausencia de cambios sustanciales en el territorio.
Consulte esta Resolución en el siguiente enlace: El IGAC anuncia cambios técnicos para hacer cartografía básica en Colombia