El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – MADS expidió la Resolución 1256 del 23 de noviembre de 2021, “Por la cual se reglamenta el uso de las aguas residuales y se adoptan otras disposiciones”.
La Resolución tiene por objeto establecer las disposiciones relacionadas con el uso de las Aguas Residuales y aplica a las autoridades ambientales y a los usuarios de dichas aguas.
Se definen Aguas Residuales como las aguas utilizadas o servidas, de origen doméstico o no doméstico.
Además, dicha Resolución establece sobre la recircularción, que siempre que sea técnica y económicamente viable, todo usuario del recurso hídrico podrá hacer la recirculación de sus aguas residuales, sin que se requiera autorización ambiental.
Para el seguimiento y control de la recirculación del agua residual en suelos de soporte de infraestructura por parte de la Autoridad Ambiental, se deberá mantener a su disposición la siguiente información:
- Balance Hídrico del sistema de recirculación de la actividad económica.
- Identificación de los riesgos potenciales a los recursos naturales renovables derivados del uso de las Aguas Residuales.
- Medidas preventivas que se deben aplicar para evitar los riesgos potenciales identificados, con sus respectivas actividades para seguimiento.
Por otro lado, para el reúso establece que se requerirá concesión de aguas para adquirir el derecho al uso de las aguas residuales como bien de uso público, salvo lo dispuesto en el artículo 148 del Decreto-Ley 2811 de 1974.
Consulte esta Resolución en el siguiente enlace: Resolución 1256 de 2021 – Uso de las aguas residuales