Conforme a lo dispuesto por la Resolución 471 del 14 de mayo de 2020 y la posterior Resolución 529 del 05 de junio de 2020, emitidas por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC y teniendo en cuenta lo informado por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales-ANLA a los usuarios cuyos proyectos, obras o actividades estén sujetos a licenciamiento, seguimiento, permiso y/o trámite ambiental que son de su competencia, mediante la circular externa el 09 de octubre del 2020, se reitera que toda la información geográfica presentada ante esta Autoridad, deberá estar acorde con el Único Origen Nacional de Coordenadas. *(https://origen.igac.gov.co/) .
No obstante, lo anterior y conscientes de que este proceso de actualización se desarrolla de una forma progresiva, por lo cual la ANLA informa que aquellos proyectos cuya información haya sido radicada hasta el 31 de diciembre de 2020 conforme con las disposiciones previstas con anterioridad a la reglamentación enunciada y que se encuentren en trámite de evaluación, seguimiento y/o permiso ambiental, será evaluada y/o revisada conforme con las mismas.
Para ello, la Autoridad ha dispuesto en el sitio web http://www.anla.gov.co/entidad/tematicas/instrumentos-permisos-y-tramites-ambientales/sistema-de-informacion-geografica, el modelo de almacenamiento geográfico conforme a la Resolución 2182 de 2016, proyectado al Único Origen Nacional.
Consulte más información en el siguiente enlace: Atención usuarios de la ANLA con la información geográfica a presentar ante la entidad – ANLA