El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, expidió el Decreto 829 del 10 de junio de 2020, “Por el cual se reglamentan los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Ley 1715 de 2014, se modifica y adiciona el Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria y se derogan algunos artículos del Decreto 1073, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía”.
Según la UPME – Unidad de Planeación Minero Energética, antes de estas nuevas medidas, los trámites debían obtener el visto bueno de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA también, lo que hacía que el proceso demorara cerca de 3 meses. Ahora, los beneficios tributarios podrían obtenerse en 45 días quedando la delegación según el nuevo decreto en la UPME como única entidad para evaluar y certificar los proyectos de fuentes no convencionales de energía – FNCE y de eficiencia energética.
Además, este decreto establece que los proyectos que ya habían sido evaluados por esta entidad y cuentan con certificaciones expedidas con concepto favorable hasta el 31 de diciembre de 2019, podrán emplear tales certificaciones para hacer efectivos los incentivos, sin ningún trámite adicional.
Los beneficios
- El Decreto señala que las empresas nuevas pueden acceder a la deducción de renta a partir del año gravable siguiente a la entrada en operación del proyecto de energía no renovable.
- Reducción del impuesto sobre la renta por un monto de hasta el 50% del valor de las inversiones en un plazo de cinco años en esta materia
- Exclusión de IVA por la adquisición de equipos, elementos y maquinaria, nacionales o importados, y la adquisición de servicios que se destinen a nuevas inversiones y preinversiones para la producción y utilización de energía a partir de FNCE.
- Cero aranceles y una depreciación acelerada que no puede superar el 20% anual.
Consulte el contenido de este Decreto en el siguiente enlace: Decreto 829 de 2020