El Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales -IDEAM expidió la Resolución 314 del 13 de abril de 2020, “Por medio de la cual se establecen las medidas en materia de prestación de los servicios a cargo del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales – IDEAM para dar cumplimiento al Decreto 491 del 28 de marzo de 2020 y garantizar la atención a los usuarios y el cumplimiento efectivo de las funciones administrativas”.
Dicha Resolución establece que durante la vigencia de la emergencia sanitaria nacional declarada con ocasión del COVID-19 y de conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Decreto 491 de 2020, la presentación de peticiones, quejas, reclamos y solicitudes de acreditación o autorización, solo podrá realizarse de manera virtual por los medios dispuestos para ello. Lo anterior implica que durante este término se suspende el servicio de atención al usuario de manera presencial.
Con respecto a las visitas técnicas, reuniones o audiencias que se deban realizar para atender el cumplimiento de sentencias o requerimientos de despachos judiciales durante la vigencia de la emergencia sanitaria nacional, deberán suspenderse, para lo cual se dará aviso a la Oficina Asesora Jurídica del IDEAM, para que ésta a su vez informe al respectivo despacho judicial.
Consulte el contenido de la Resolución en el siguiente enlace: Resolución 314 de 2020 – IDEAM