A través del Decreto 580 del 15 de abril de 2020, expedido por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, “Por el cual se dictan medidas en materia de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”, las entidades sin ánimo de lucro como zoológicos, acuarios, aviarios, oceanarios, bioparques, jardines botánicos y tenedores de fauna, entre otros, podrán diferir el pago de estos servicios por un plazo de 36 meses, sin que ello genere ningún tipo de interés o costo financiero.
Además, el articulado señala que las y de Desarrollo Sostenible son las encargadas de verificar la necesidad del cobro diferido de los servicios públicos a estas entidades sin ánimo de lucro.
Consulte el contenido de este Decreto en el siguiente enlace: Decreto 580 del 15 de abril de 2020 – Revista Catorce6