El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – MADS expidió la Resolución 0319 del 31 de marzo de 2020, “Por medio de la cual se establecen las medidas en materia de prestación de los servicios a cargo del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible para dar cumplimiento al Decreto 491 del 28 de marzo de 2020 y garantizar la atención a los administrados y el cumplimiento efectivo de las funciones administrativas”.
La Resolución establece que durante la vigencia de la emergencia sanitaria nacional declarada con ocasión del COVID-19 y de conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Decreto 491 de 2020, la presentación de peticiones, quejas, reclamos y solicitudes ambientales, durante el término de duración de esta emergencia sanitaria solo podrá realizarse de manera virtual por los medios dispuestos para ello por el MADS. Además las solicitudes de permisos, autorizaciones y conceptos que actualmente se encuentren en trámite, respecto de las cuales ya se haya realizado la visita técnica, las direcciones y dependencias competentes para adelantarlo continuarán con el mismo, en la fase en que se encuentre, utilizando para ello los medios virtuales disponibles.
Consulte el contenido de la Resolución en el siguiente enlace: Resolución 0319 de 2020 – MADS