Resolución UPME 135 de 2025 – Requisitos, procedimiento y tarifas a cobrar para evaluar las solicitudes y emitir los certificados que permitan acceder a los incentivos tributarios de la Ley 1715 de 2014

La Unidad de Planeación Minero Energética – UPME emitió la Resolución 135 del 7 de febrero de 2025, “Por la cual se establecen los requisitos, el procedimiento y las taridas a cobrar para evaluar las solicitudes y emitir los certificados que permitan acceder a los incentivos tributarios de Ley 1715 de 2014”.

La Resolución tiene por objeto establecer los requisitos, el procedimiento y las tarifas a cobrar a través del cual la UPME evalúa las solicitudes y emite certificados que permiten acceder a los incentivos de deducción de renta, exclusión del IVA, exención de derechos arancelarios y deprecación acelerada a: i) proyectos de generación de energía eléctrica a partir de fuentes no convencionales de energía – FNCE; ii) acciones o medidas de gestión eficiente de la energía – GEE; y iii) proyectos de hidrógeno.

La Resolución establece que para la recepción de las solicitudes para emisión del certificado UPME que permite acceder a los incentivos tributarios se realizará en dos ciclos, a través del aplicativo web dispuesto para tal fin, los interesados en solicitar la evaluación deben enviar los requisitos establecidos, en las fechas y plazos que se detalla a continuación:

  • Ciclo 1: desde el 15 de febrero hasta el 14 de mayo.
  • Ciclo 2: desde el 15 de agosto hasta el 14 de noviembre.

La Resolución también establece que la evaluación técnica cuando la solicitud se encuentre completa de conformidad con los requisitos establecidos. A partir de la fecha que se le informe al solicitante que la solicitud está completa y que por ende, procede a evaluación, la UPME dispone de los siguientes tiempos máximos para resolver la solicitud:

  • Hasta veinte (20) días hábiles para FNCE.
  • Hasta treinta (30) días hábiles para GEE.
  • Hasta treinta (30) días hábiles para hidrógeno.

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