Decreto 0180 de 2025 – Adopción de medidas excepcionales para desvincular a los núcleos familiares que dependen de cultivos de uso ilícito

Decreto 0180 del 14 de febrero de 2025, “Por el cual se adoptan medidas excepcionales para desvincular a los núcleos familiares que dependan de cultivos de uso ilícito y promover su tránsito a economías licitas en el marco del estado de conmoción interior declarado mediante el Decreto 062 del 24 de enero de 2025”.

Las medidas adoptadas e través del presente Decreto serán aplicables a los núcleos familiares de las zonas de declaratoria de conmoción interior, conformo lo dispuesto el artículo 1° del Decreto 062 del 24 de enero de 2025, en las cuales exista presencia de cultivos de uso ilícito, de acuerdo con los datos del Sistema Integrado de Monitoreo de Cultivos Ilícitos (SIMCI) y otras fuentes de verificación de las que disponga o pueda disponer el Gobierno Nacional.

El Decreto establece que se cree el pago por la erradicación de raíz de los cultivos de uso ilícito, como una medida humanitaria y extraordinaria, gestionada por la Dirección de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito.

Este pago es una medida excepcional dirigida a los núcleos familiares vulnerables y dependientes de cultivos de uso ilícito del
Catatumbo que se desvinculen del circuito económico del narcotráfico, que promueve su transición hacia economías lícitas y ambientalmente sostenibles, mediante acuerdos de sustitución voluntaria y no genera derechos adquiridos para su continuidad en el tiempo.

Estos pagos estarán condicionados a: (i) la erradicación total, voluntaria y verificable de los cultivos de uso ilícito en la totalidad del área sembrada; (ii) la no resiembra comprobada por medio de los mecanismos que defina la Dirección de Sustitución de Cultivos de uso Ilícito; y (iii) el inicio o fortalecimiento de una economía lícita, para lo cual el Estado, a través de las entidades competentes, hará la entrega de activos productivos, maquinaria y asistencia técnica necesaria. Para ello, se priorizarán proyectos. productivos asociativos o agroindustriales que sean encabezados por mujeres.

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