La Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. pone a disposición del público para comentarios el Proyecto de Decreto, “Por medio del cual se establecen medidas que propenden por el ahorro y uso eficiente del agua potable en el Distrito Capital de Bogotá”.
El Proyecto de Decreto establece que en aras de contribuir con el racionamiento de agua, además de promover el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 100 de la Ley 1801 de 2016 y de los artículos 21, 58 y 59 del Acuerdo 079 de 2003, el Distrito Capital ha dispuesto las siguientes restricciones para garantizar el uso adecuado de los recursos hídricos:
- Se prohíbe el uso de agua potable para lavado de fachadas, parqueaderos y vehículos; el riego de jardines, zonas verdes o infraestructura recreacional o deportiva y el llenado de estanques ornamentales. Estas actividades sólo podrán realizarse con agua reciclada, agua lluvia previamente recolectada o agua cruda.
- Se prohíbe la captación de agua de las fuentes hídricas sin la autorización de la autoridad ambiental.
- Se prohíbe deteriorar, dañar o alterar los cuerpos de agua, zonas de ronda hídrica y zonas de manejo y preservación ambiental en cualquier forma.
Adicionalmente, el Proyecto de Decreto establece que la Secretaría Distrital de Movilidad promoverá la implementación de prácticas de limpieza en seco y/o el aprovechamiento de sistemas de recolección de aguas lluvias o recirculadas para el lavado y limpieza de las señales de tránsito y semaforización de la ciudad.
Consulte este Proyecto de Decreto en el siguiente enlace: Proyecto de Decreto – Medidas que propenden por el ahorro y uso eficiente del agua potable en el Distrito Capital de Bogotá