Documento borrador – Estrategia Nacional de Protección de Áreas Ambientales Estratégicas

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) a través de su Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, pone a disposición del público para comentarios el documento borrador, ” Estrategia Nacional de Protección de Áreas Ambientales Estratégicas que contiene las orientaciones técnicas y de política pública de la Asignación para la Inversión Local en Ambiente y Desarrollo Sostenible en el marco del Sistema General de Regalías de acuerdo con la Ley 2056 de 2022.”

El Objetivo de esta Estrategia es orientar la inversión de los proyectos susceptibles de ser financiados con la Asignación Local en Ambiente y Desarrollo Sostenible del Sistema General de Regalías, de acuerdo con el artículo 50 de la Ley 2056 de 2020, modificado por la Ley 2294 de 2023 estableciendo criterios de focalización y mecanismos de priorización que permitan identificar dónde invertir, para la contribución a la conservación entendida como preservación, restauración, uso sostenible y generación de conocimiento de las áreas ambientales estratégicas del país.

La Estrategia Nacional de Protección de Áreas Ambientales Estratégicas (ENPAAE) tiene como alcance la definición de las líneas de acción destinadas a la ejecución de proyectos relacionados con la preservación, restauración, uso sostenible y generación de conocimiento de los ecosistemas y la biodiversidad. Estos proyectos pueden ser financiados mediante los recursos de la Asignación para la Inversión Local en Ambiente y Desarrollo Sostenible. La ENPAAE también orienta la inversión de estos recursos mediante una focalización basada en criterios ecosistémicos, lo que facilitará la priorización de proyectos en áreas clave para la provisión de servicios ecosistémicos.

Adicionalmente, la ENPAAE guiará la inversión de recursos destinados a la formulación de instrumentos de planeación o manejo ambiental de las áreas ambientales estratégicas por parte de las Autoridades Ambientales competentes. En este contexto, es fundamental destacar que, en las áreas ambientales estratégicas donde no exista un instrumento de planificación o manejo ambiental, los recursos solo podrán destinarse a la formulación de dichos instrumentos de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 de la Ley 2294 de 2023.

La recepción de comentarios se realizará desde el 29 de abril al 6 de mayo de 2024, a través de los correos deperez@minambiente.gov.co, gescobarn@minambiente.gov.co.

Consulte este documento en el siguiente enlace: Documento borrador – Estrategia Nacional de Protección de Áreas Ambientales Estratégicas