Proyecto de Ley, “Por medio de la cual se modifica la Ley 1333 de 2009, Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones”.
El Proyecto de Ley tiene por objeto modificar el artículo primero de la Ley 1333 de 2009 el cual quedará así:
ARTÍCULO 1°. Titularidad de la potestad sancionatoria en materia ambiental. El Estado es el titular de la potestad sancionatoria en materia ambiental y la ejerce sin perjuicio de las competencias legales de otras autoridades a través del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA, las Corporaciones Autónomas Regionales, las de Desarrollo Sostenible, las Unidades Ambientales de los grandes centros urbanos a que se refiere el artículo 66 de la Ley 99 de 1993, los establecimientos públicos ambientales a que se refiere el artículo 13 de la Ley 768 de 2002 y la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Naturales UAESPNN, de conformidad con las competencias establecidas por la ley y los reglamentos.
Además, el Proyecto de Ley busca modificar el artículo 2° correspondiente a la facultad de prevención y el artículo 5° sobre las infracciones.
Consulte este Proyecto de Ley en el siguiente enlace: Proyecto de Ley – Modificación de la Ley 1333 de 2009 en relación al procedimiento sancionatorio ambiental