Proyecto de Ley, “Por la cual se reforma la Ley 685 de 2021 Código de Minas y dictan otras disposiciones”.
El Proyecto de Ley tiene por objeto modificar, adicionar, complementar y regular las relaciones entre la comunidad minera (Titulares, Explotadores Mineros Autorizados, mineros de subsistencia, beneficiadores y comercializadores) y el Estado, contenidas en la Ley 685 de 2001, otras leyes concordantes y declara la actividad minera como de interés nacional estratégico para la Nación.
El Proyecto de Ley establece que los Distritos Mineros Especiales se categorizan como jurisdicciones geológico mineras, sociales y económicas estratégicas, con continuidad geográfica y geológica, identificados por la Unidad de Planeación Minero Energética UPME. El Ministerio de Minas y Energía delimitará, con la participación regional y local de los actores empresariales, sociales, de Gobierno y demás entes administrativos involucrados en los procesos de la minería, nuevas áreas estratégicas mineras en el territorio nacional, a las que igualmente se les denominará Distritos Mineros Especiales, mediante las cuales se facilitará la relación Estado-Sociedad-Territorio y se estimulará la planeación participativa en un contexto de gobernanza, desarrollo humano sostenible y equilibrio para la competitividad del territorio.
Los Distritos Mineros Especiales serán un instrumento de planificación, gestión y articulación para la productividad y competitividad sostenible de las regiones mineras. La Autoridad Minera garantizará la articulación de las estrategias aplicadas sobre los Distritos Mineros Especiales con el Sistema Nacional de Competitividad.
Los aspectos contenidos en los artículos 248, 249, 250, 255 y 257 de la Ley 685 de 2001, deberán ser considerados en los planes, programas y proyectos de Competitividad y Desarrollo Humano Sostenible formulados para los Distritos Mineros Especiales del país.
Consulte más acerca de este Proyecto de Ley en el siguiente enlace: Proyecto de Ley – Reforma Ley 685 de 2021 Código de Minas