Proyecto de Ley, “Por medio del cual se transforman los zoológicos, parques animales, exhibiciones animales y parques temáticos en “Parques de la Conservación” con componente de conservación e investigación científica”.
El objeto del Proyecto de Ley es la protección el cuidado, promoción y conservación de la fauna silvestre que requiere un trato y manejo especial contra el sufrimiento y el dolor causado directa o indirectamente por los humanos, mediante la rehabilitación, la investigación, la educación ambiental y la apropiación social del conocimiento en espacios denominados parques para la conservación.
El Proyecto de Ley establece que los animales silvestres albergados en los parques para la conservación deberán provenir únicamente como disposición final a través de la autoridad ambiental, de un marco de proyectos de conservación o mediante canje entre parques del país justificado técnicamente en el mejoramiento de las condiciones de bienestar animal, con el aval de la autoridad ambiental.
También que, los ejemplares de fauna silvestre que estén en los parques para la conservación de forma temporal o permanente deberán contar con toda la documentación de acuerdo con la ley vigente, estar en hábitats diseñados acorde a su condición y especie, enriquecidos con altos estándares de bienestar animal que permitan a los individuos refugiarse de la vista del público cuando así lo deseen, además recibirán la atención veterinaria, biológica y nutricional adecuada. Igualmente deberán contar con zonas para el manejo de los procedimientos veterinarios que no representen un riesgo para los animales y las personas que cuidan de ellos.
Consulte este Proyecto de Ley en el siguiente enlace: Proyecto de Ley – Transformación de zoológicos, parques animales y parques de conservación