La Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. emitió el Decreto 203 del 24 de mayo de 2022, “Por el cual se fijan las condiciones para el traslado progresivo de la actividad económica de bodegas privadas de reciclaje, as acciones relacionadas con el área mínima de las ECA, los mecanismos para el apoyo en la reubicación de actividades económicas, se precisan las condiciones para la ubicación de servicios especiales en el marco de la implementación del Plan de Ordenamiento Territorial y se dictan otras disposiciones”.
El Decreto establece que las Estaciones de Clasificación y Aprovechamiento – ECA deberán adecuar de manera progresiva a lo dispuesto en el artículo 199 del Decreto Distrital 555 de 2021 – Revisión General del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá dentro de su vigencia, en concordancia con el Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015 o la norma que lo modifique o adicione, para lo cual, la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos – UAESP mediante acto administrativo realizará un plan de fortalecimiento para las ECA que no cumplan con la referida norma.
Adicionalmente establece que las ECA existentes, seguirán prestando el servicio cumpliendo con la normatividad nacional relacionada con la prestación del servicio y de manera progresiva realizarán los ajustes a las dimensiones requeridas, conforme a lo definido en el presente artículo y las acciones de mitigación previstas en el Decreto Distrital 555 de 2021.
Las ECA, serán objeto de control urbano por parte de las Autoridades de Policía y de inspección y vigilancia por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y de la UAESP en el marco de sus competencias.
Consulte más acerca de este Decreto en el siguiente enlace: Decreto 203 de 2022