Por medio de la presente circular, la UPME se permite atender los requerimientos de algunos de los interesados que han solicitado documentos adicionales y elevado consultas relacionadas con pago de la tarifa establecida mediante la para obtener el certificado de la UPME para acceder a los incentivos tributarios para los proyectos de FNCE y GEE.
La Resolución UPME No. 464 de 2021 establece en su artículo 4 que el requisito del pago de la tarifa
se considera satisfecho “cuando en la solicitud se adjunte el comprobante de pago y se verifique por parte de la UPME que el valor cancelado corresponde al pago mínimo (…)”. Por comprobante de pago
se entiende el comprobante de pago en línea que inicia con el encabezo que genera PSE después de realizar la transacción bancaria y retornar a la pasarela de pago.
Así mismo, se aclara que el pago mínimo de la tarifa se requiere para cada nueva solicitud de evaluación, por lo cual no se aceptan comprobantes de pagos realizados para otros procesos de evaluación, inclusive cuando versen sobre el mismo proyecto de FNCE o GEE pero la evaluación para la cual se realizó el pago inicialmente haya concluido con el archivo, rechazo, desistimiento tácito, o en caso de que no se certifique todos o alguno de los elementos incluidos en tal solicitud.
Consulte esta Circular en el siguiente enlace: CIRCULAR EXTERNA No. 017 de 2022.