Ley 2111 del 29 de julio de 2021, “Por medio del cual se sustituye el Título XI “de los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente” de la Ley 599 de 2000, se modifica la Ley 906 de 2005 y se dictan otras disposiciones”.
Esta Ley establece entre otros los siguientes delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente :
- El que trafique, adquiera, exporte o comercialice sin permiso de la autoridad competente o con incumplimiento de la normatividad existente los especímenes, productos o partes de la fauna acuática, silvestre o especies silvestre exóticas, incurrirá en prisión de 60 a 135 meses y multa de 300 hasta 40.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- El que sin permiso de autoridad competente o con incumplimiento de la normatividad existente tale, queme, corte, arranque o destruya áreas iguales o superiores a una hectárea continua o descontinua de bosque natural, incurrirá en presión de 60 a ciento 144 meses y multa de 134 a 50.000 salarios mínimos legales vigentes.
- El que con incumplimiento de la normatividad existente contamine, provoque o realice directa o indirectamente emisiones, vertimientos, radiaciones, ruidos, depósitos, o disposiciones al aire, la atmósfera o demás componentes del espacio aéreo, el suelo, el subsuelo, las aguas superficiales, marítimas o subterráneas o demás recursos naturales en tal forma que contamine o genere un efecto nocivo en el ambiente, que ponga en peligro la salud humana y los recursos naturales, incurrirá en prisión de 69 a 140 meses y multa 140 a 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Consulte esta Ley en el siguiente enlace: Ley 2111 de 2021 – Delitos ambientales