Decreto 402 del 16 de abril de 2021, “Por el cual se establecen disposiciones relacionadas con la prohibición de la importación y la exportación de asbesto en desarrollo de la Ley 1968 de 2019”.
Dicho Decreto establece la prohibición para la importación o exportación de cualquier variedad de asbesto y de los productos con él elaborados en el territorio nacional, de que trata la Ley 1968 de 2019.
Adicionalmente, el Decreto se aplica a toda persona natural o jurídica, de naturaleza pública o privada, nacional o extranjera, que realice actividades de importación o exportación de cualquier variedad de asbesto y de los productos con este elaborados, hacia o desde y dentro del territorio nacional.
El asbesto y los productos con él elaborados, que hayan sido importados e instalados antes del1° de enero de 2021, serán objeto de la política pública de sustitución a que se refiere la Ley 1968 de 2019. Por lo tanto a partir de esa fecha no podrán instalarse y utilizarse dichos materiales aun cuando hayan sido importados, embarcados e ingresados a zona franca con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto.
Consulte el contenido del Decreto en el siguiente enlace: Decreto 402 de 2021 – Prohibición de la importación y la exportación de asbesto