Proyecto de Ley 440 de 2020, “Por medio del cual se expiden normas para que el Sector Minero Colombiano acceda a los servicios del Sistema Financiero y Asegurador Nacional, y se dictan otras disposiciones”.
El Proyecto de Ley tiene por objeto promover el acceso de los Titulares Mineros en cualquiera de las etapas en que se encuentre el Contrato de Concesión Minera, o cualquier otra clase de título que lo haya legitimado para la exploración y explotación de los Yacimientos Mineros, a los Servicios Financieros ofrecidos por el Sector Financiero y Asegurador Nacional y por las demás Entidades de Servicios Financieros vigiladas por la Superintendencia Financiera.
Dicho Proyecto de Ley establece que el Sector Financiero y Asegurador y demás Entidades de Servicios Financieros vigiladas por la Superintendencia Financiera de naturaleza jurídica pública, tendrán que abrir y mantener cuentas en sus entidades y otorgar los productos financieros transaccionales usuales, a los Titulares Mineros y a los Sub Contratistas de Formalización Minera que se encuentren inscritos en el Registro Minero Nacional. Como respaldo de dichas operaciones, y cuando ello sea pertinente, los Titulares Mineros y los Sub Contratistas de Formalización Minera podrán otorgar las garantías mineras de que trata el Capítulo XXIII del título VI del Código de Minas.
Consulte el contenido de este Proyecto de Ley en el siguiente enlace: Proyecto de Ley – Normas para que el Sector Minero Colombiano acceda a los servicios del Sistema Financiero