Proyecto de Ley 321 de 2020, “Por medio del cual se implementa el mínimo vital en los servicios públicos domiciliarios de Energía, Agua, Alcantarillado y Gas domiciliario, y en el servicio de acceso a internet y se dictan otras disposiciones”.
El Proyecto de Ley tiene por objeto establecer el mínimo vital de energía, agua, alcantarillado, gas domiciliario y de acceso a internet para los colombianos con vulnerabilidades socioeconómicas, como una medida de satisfacción de los derechos fundamentales de todos los colombianos.
Dicho Proyecto de Ley establece que serán beneficiarios del mínimo vital en servicios públicos domiciliarios de energía, agua, alcantarillado, gas natural y de acceso a internet las viviendas o predios de los estratos socioeconómicos uno (1) y dos (2), de uso residencial y mixto. Además, que el estado garantizará la atención de forma gratuita en los casos y condiciones previstos, del mínimo vital de consumo de servicios públicos en agua, energía, alcantarillado, gas e internet. Las medidas básicas del mínimo vital serán establecidas y reglamentadas por los concejos distritales o municipales.
Consulte el contenido de este Proyecto de Ley en el siguiente enlace: Proyecto de Ley – Implementación del mínimo vital en los servicios públicos domiciliarios y en el servicio de acceso a internet