En el 2019 la Corte Constitucional emitió un fallo que prohibió la caza deportiva en Colombia, al considerarla una práctica contraria a la protección de los animales. Como parte del trámite, el tribunal otorgó un año de gracia a quienes practican esta actividad y se ven afectados por la decisión, el cual se venció el 21 de agosto, fecha en la que entró en vigor la norma.
Según lo señalado por la Sentencia C-045/2019, emitida por la Sala Plena de la Corte Constitucional, “el sacrificio de la vida de un ser vivo por el hombre es una forma extrema de maltrato en cuanto elimina su existencia misma y es un acto de aniquilamiento. Cuando es injustificada, la muerte de un animal es un acto de crueldad pues supone entender que el animal es exclusivamente un recurso disponible para el ser humano. La caza deportiva, en fin, es un acto dañino en cuanto está dirigida a la captura de animales silvestres, ya sea dándoles muerte, mutilándolos o atrapándolos vivos.”
Algunas de las especies con mayor afectación por esta práctica se encuentran en jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR, tales como la torcaza, tortola, paloma collajera, perdiz y el pscingo. Además, en las épocas de migración especies como el águila cuaresmera, la ardilla de cola roja y el conejo, también se veían altamente afectadas.
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