Resolución 0549 del 26 de junio de 2020 emitida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – MADS, “Por la cual se modifica la Resolución 0077 del 16 de enero de 2019 y se toman otras determinaciones”.
Dicha Resolución modifica 4 artículos de la Resolución 0077 relacionados con la presentación de Informes de Cumplimiento Ambiental – ICA.
El primer cambio que indica la nueva norma indica que, para los casos en donde la periodicidad definida en el instrumento de manejo y control ambiental para la presentación del ICA sea diferente a una periodicidad anual, semestral o trimestral, se deben a lo siguiente:
- Menores o iguales a trimestre: Trimestral.
- Mayores a trimestral e inferiores o iguales a semestral: Semestral.
- Mayores a semestral: Anual.
El segundo cambio de la norma, indica que en el caso de instrumentos de manejo y control ambiental expedido desde el 26 de junio (fecha de vigencia de la presente resolución), “el primer Informe de Cumplimiento Ambiental ICA deberá incluir la información correspondiente al lapso comprendido entre la fecha de inicio del proyecto, obra o actividad y culminación del trimestre, semestre o año respectivo según la periodicidad definida en el acto administrativo. A partir del segundo Informe de Cumplimiento Ambiental ICA, la periodicidad será trimestral, semestral o anual, de acuerdo con lo definido en el acto administrativo y las fechas de presentación establecida en el artículo segundo de la Resolución 0077 del 16 de enero de 2019. “
El tercer cambio, menciona que una vez radicado el ICA, el acuerdo con las periodicidades establecidas, la ANLA confirma la verificación correspondiente para la información que se establece en el Manual de Seguimiento Ambiental de Proyectos adoptado por la Resolución 1552 de 2005, en El Modelo de Almacenamiento Geográfico adoptado por la Resolución 2182 de 2016.
Consulte el contenido de esta Resolución en el siguiente enlace: Resolución 0549 de 2020 – Modificación Resolución 0077 de 2019 – Revista Catorce6