Proyecto de Resolución – Modificaciones en el Registro Nacional de Reducción de las Emisiones de GEI

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – MADS, pone a disposición para consulta pública el Proyecto de Resolución “Por la cual se modifica la Resolución 1447 de 2018 y se toman otras determinaciones”.

Dentro de las modificaciones se contemplan que a partir de enero de 2020, el titular de la iniciativa de mitigación de GEI solo podrá reportar en RENARE resultados de mitigación de GEI que tengan una vigencia menor a cinco (5) años. Para aquellas iniciativas de mitigación de GEI que hayan validado su línea base con anterioridad al 1 de enero de 2020, y sea soportada con el respectivo informe de validación emitido por un OVV, esta restricción empezará a regir desde el 1 de enero de 2021.

Además, que los OVV que realizan los procesos de validación y verificación, deben estar acreditados en los términos del Capítulo 7 y la Sección 1 del Capítulo 8 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único 1074 de 2015 y bajo los requisitos de la norma NTC IS0:14065; o por la Junta Ejecutiva del Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL) o quien haga sus veces, bajo los requisitos de la CMNUCC como entidad operacional designada (Designated Operational Entity – DOE, por sus siglas en inglés), según corresponda.

La recepción de comentarios se realizara desde el 19 de mayo hasta el 02 de junio, a través del correo rromero@minambiente.gov.co

Consulte acerca de este Proyecto de Resolución en el siguiente enlace: Proyecto de Resolución – Modificación Resolución 1447 de 2018